
Los contribuyentes que adquieran bienes y servicios a personas que no están obligadas a facturar, deben elaborar un documento soporte en el que consten dichos pagos.
Este documento, debe ser elaborado por el adquiriente y generarse en un archivo XML para reportarlo electrónicamente ante la DIAN.
¿Realizas compras a proveedores o contratistas que no emiten factura? Si tu respuesta es SI, entonces debes empezar a generar este documento de forma obligatoria a partir de enero de 2022, según la resolución DIAN 000063 de 30 de julio de 2021
Aplica para casos en los que recibes como soporte de las transacciones algún documento diferente a factura o un equivalente como las cuentas de cobros, remisiones, ordenes de venta, etc.
Al generar este documento tienes un soporte válido para descontar los gastos del impuesto de renta y como soporte legal de una compra de un bien o adquisición de un servicio con un proveedor no obligado a facturar.
Según lo indicado en la Resolución 00042 de la DIAN los requisitos son:
En resumen, los contribuyentes que deben facturar electrónicamente también deben generar electrónicamente el documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar, según dispone el artículo 1.6.1.4.12 del decreto 1625 de 2016.
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